La Ley 21.459, promulgada en el año 2020, tipifica y sanciona los siguientes delitos informáticos en Chile:
- Ataque a la integridad de un sistema informático: Este delito consiste en realizar una acción que altere, dañe, destruya o inhabilite un sistema informático, o que impida su correcto funcionamiento.
- Acceso ilícito: Este delito consiste en acceder a un sistema informático, a sus datos o programas, sin contar con la autorización del titular del sistema o de los datos.
- Interceptación ilícita: Este delito consiste en interceptar, sin autorización, la transmisión de información en un sistema informático.
- Ataque a la integridad de los datos informáticos: Este delito consiste en introducir, alterar, dañar o suprimir datos informáticos con el fin de causar perjuicio.
- Falsificación informática: Este delito consiste en crear, introducir o alterar un documento electrónico o telemático, o en utilizar un documento electrónico o telemático falso o alterado, con el fin de inducir a error a alguien.
- Receptación de datos informáticos: Este delito consiste en adquirir, tener o almacenar datos informáticos obtenidos mediante la comisión de cualquiera de los delitos tipificados en la ley.
- Fraude informático: Este delito consiste en utilizar un sistema informático para obtener un beneficio económico o patrimonial ilícito, en perjuicio de otra persona.
- Abuso de dispositivos: Este delito consiste en utilizar un dispositivo informático para cometer otro delito, o para facilitar su comisión.
Penalidades:
Las penas para los delitos informáticos en Chile varían según la gravedad del delito y las circunstancias en que se haya cometido. La pena mínima para estos delitos es de presidio menor en su grado mínimo (541 días) y la pena máxima es de presidio mayor en su grado mínimo (5 años).
Es importante destacar que la Ley 21.459 también establece medidas para la protección de las víctimas de delitos informáticos, como la reparación del daño causado y la eliminación de la información obtenida de manera ilícita.